El 15 de agosto de 2025, el Departamento de Comercio de EE. UU. anunció la inclusión de 407 productos derivados adicionales que contienen acero o aluminio bajo los aranceles de la Sección 232, efectivos desde el 18 de agosto de 2025 (12:01 PM hora del Este). Según el anuncio, estos bienes estarán sujetos a un arancel del 50% sobre la porción de acero/aluminio de su valor al ingresar a EE. UU., ya sean envíos en tránsito o inventario existente, sin elegibilidad para exención.
Analice los aumentos arancelarios impuestos por EE. UU. a las importaciones de productos de acero y aluminio chinos bajo la última política al 15 de agosto.
I. Aproximadamente 3% de arancel de Nación Más Favorecida (NMF)
Desde la promulgación de la Ley de Relaciones Comerciales Permanentes Normales (PNTR) con China en 2000 y el ingreso de China a la OMC en 2001, EE. UU. eliminó el proceso anual de revisión de exención de NMF que requería aprobación del Congreso, reemplazándolo con tasas permanentes de NMF (denominadas tasas "Columna 1 General" en textos legales estadounidenses).
Por lo tanto, el "arancel base" aplicado actualmente por EE. UU. a los bienes chinos es la tasa NMF (es decir, los aranceles consolidados de la OMC), idéntica a otros miembros de la OMC—no un "otorgamiento" adicional de estatus NMF; China ya opera bajo condiciones NMF.
Sin embargo, más allá de las tasas NMF, EE. UU. ha impuesto aranceles adicionales a productos chinos seleccionados mediante investigaciones de la Sección 301/232 y derechos antidumping/compensatorios. Estos recargos operan en paralelo a las tasas NMF.
II. 7.5%–25% Aranceles de la Sección 301
- · Base legal: Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974.
- · Origen: En 2017, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) concluyó una investigación sobre las políticas de PI y transferencia de tecnología de China, alegando "prácticas comerciales injustas".
- · Implementación: A partir de 2018, EE. UU. impuso aranceles a las importaciones chinas en cuatro tramos (Listas 1–4A), formando los "aranceles 301".
- Tasas: Listas 1 y 2 (25%), Lista 3 (25%), Lista 4A (7.5%).
III. 20% Arancel sobre Fentanilo
El problema del fentanilo es esencialmente un subproducto político. Inicialmente justificado como una medida antinarcóticos, EE. UU. amplió la cobertura a todos los bienes chinos y elevó las tasas al 20%. A pesar de que China suspendió algunas contramedidas tras la declaración conjunta, el arancel sobre el fentanilo sigue siendo una palanca clave de presión para EE. UU.
IV. Arancel del 50% sobre acero/aluminio según Sección 232
30 de abril de 2025: La Oficina de Industria y Seguridad (BIS) emitió el "Proceso de Inclusión de la Sección 232", estableciendo un mecanismo para añadir productos derivados a la lista arancelaria.
Anuncio del 15 de agosto, efectivo el 18 de agosto:
- Se añadieron 407 productos derivados que contienen acero/aluminio, imponiendo aranceles del 50% sobre la porción de valor correspondiente al acero/aluminio;
- Aplicable al inventario existente en EE. UU. sin exención;
- Amplia cobertura que abarca desde piezas mecánicas hasta envases de consumo.
Ejemplo de cálculo arancelario: Patinete eléctrico (con marco de aleación de aluminio y piezas de acero)
- Valor imponible: $1,200
- Desglose del valor de materiales: Aleación de aluminio ($250), acero ($150), otros materiales/componentes ($800).
- Tipos impositivos/tasas hipotéticas aplicables (ilustrativo):
- Arancel de la Sección 301 sobre China: 7.5% (basado en el valor imponible total del vehículo)
- Arancel NMF: 3% (basado en el valor imponible total del vehículo)
- Aranceles de la Sección 232: 50% sobre la porción de aluminio, 50% sobre la porción de acero (calculados por separado según el valor correspondiente de aluminio/acero)
- Arancel sobre fentanilo: 20%
- Otros aranceles recíprocos: Establecidos tentativamente en 10% antes del 12 de noviembre
Cálculo total de aranceles:
Arancel de la Sección 301: $1,200 × 7.5% = $90
Arancel NMF: $1,200 × 3% = $36
Arancel de la Sección 232 (porción de aluminio): $250 × 50% = $125
Arancel de la Sección 232 (porción de acero): $150 × 50% = $75
Arancel sobre fentanilo: $1,200 × 20% = $240
Otra porción: Arancel recíproco: $800 × 10% = $80
Carga fiscal total: Total de aranceles $= 90 + 36 + 125 + 75 + 240 + 80 = $646
El análisis muestra que bajo el mecanismo superpuesto de "impuesto proporcional sobre vehículos completos" (301, NMF) e "impuesto proporcional sobre composición material" (232), incluso si la tasa nominal del vehículo parece baja, el recargo del 50% de la Sección 232 aumentará significativamente la carga fiscal total cuando el aluminio/acero represente una gran proporción.
Departamento de Investigación de la Industria de Energía Nueva de SMM
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