El 4 de marzo de 2025, el presidente estadounidense Trump reiteró por primera vez durante una sesión conjunta del Congreso que se impondrían aranceles recíprocos a partir del 2 de abril. El 2 de abril, Trump firmó dos órdenes ejecutivas en la Casa Blanca, anunciando formalmente la imposición de aranceles recíprocos a los socios comerciales, incluido un arancel del 24% a las importaciones japonesas. A partir del 3 de abril, Estados Unidos aplicó un arancel adicional del 25% a los productos automotrices, como los vehículos de pasajeros, los vehículos multipropósito, los SUV y los automóviles compactos, que también abarcaban a los automóviles japoneses.
En 2018, el Gobierno de Trump, citando preocupaciones de seguridad nacional en virtud del artículo 232 de la Ley de Expansión Comercial de Estados Unidos, impuso aumentos arancelarios del 25% a las importaciones de acero y del 10% a los productos de aluminio. Esta política desató fricciones comerciales mundiales.
- Artículo 232: El artículo 232 de la Ley de Expansión Comercial de Estados Unidos autoriza al presidente a ajustar los aranceles de importación o a imponer restricciones cuantitativas cuando las importaciones extranjeras amenazan la seguridad nacional. El Gobierno de Trump invocó con frecuencia esta disposición para imponer aranceles adicionales al acero, el aluminio y sus productos derivados.
3 de junio de 2025: El presidente Trump emitió la Proclamación 10947, ajustando los tipos arancelarios del artículo 232 para las importaciones de aluminio y acero estadounidenses. Se impusieron aranceles adicionales del 25% a las importaciones de aluminio y acero (excluidos los productos del Reino Unido) y sus derivados, elevando el tipo arancelario total del artículo 232 para estos productos del 25% al 50%.
13 de junio de 2025: El Departamento de Comercio de Estados Unidos anunció enmiendas al Anexo 1 de la Proclamación 10896, añadiendo más productos derivados del acero en virtud del artículo 232, como refrigeradores, congeladores, secadoras, lavadoras, lavavajillas, estufas/hornos, trituradores de residuos alimentarios de cocina y estantes de alambre soldado. Estos productos, que anteriormente estaban exentos de los aranceles del acero y el aluminio del artículo 232, se vieron sujetos a un arancel del 50% a partir del 23 de junio de 2025.
A partir de las 00:01 horas del 23 de junio de 2025, las empresas chinas que exportan productos enumerados a Estados Unidos se enfrentaron a una estructura arancelaria revisada: aranceles 301 (7,5%-25%) + arancel del 20% por fentanilo de la IEEPA + 50% (arancel del artículo 232 para productos derivados del acero - contenido de valor). Antes de esta fecha, la estructura arancelaria era aranceles 301 + arancel del 20% por fentanilo de la IEEPA + aranceles recíprocos. Dado que los productos del artículo 232 no están sujetos a aranceles recíprocos, el marco arancelario cambió después del 23 de junio.

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