El 21 de mayo de 2025, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia publicó en la Gaceta Oficial el Aviso N° 121, en el que se estableció una determinación preliminar antidumping sobre las tuberías soldadas [en español: tubería soldada, de sección circular, de hierro o acero, de los tipos utilizados en la protección de cables eléctricos, de un diámetro nominal mayor o igual a 12,7 mm (1/2”) y menor o igual a 152,4 mm (6”) –Tubería Conduit] originarias de China. Se decidió previamente imponer medidas antidumping provisionales en forma de precio mínimo. Cuando el precio FOB declarado en aduana de los productos objeto de investigación sea inferior al precio mínimo, es decir, 1.019,50 USD/tonelada métrica, se cobrará un derecho antidumping provisional equivalente a la diferencia entre el precio mínimo y el precio declarado en aduana. Las medidas entraron en vigor en la fecha de publicación del aviso en la Gaceta Oficial y tendrán una vigencia de cuatro meses. Los productos objeto de investigación son tuberías soldadas de sección circular fabricadas en hierro o acero, con un diámetro nominal que oscila entre 12,7 mm (inclusive) y 152,4 mm (inclusive), utilizadas para la protección de cables, y están clasificadas bajo el código arancelario colombiano 7306.30.99.00.
El 20 de febrero de 2025, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia publicó en la Gaceta Oficial el Aviso N° 036, de fecha 19 de febrero de 2025, en el que se indicaba que, en respuesta a una solicitud de la empresa colombiana TENARIS TUBOCARIBE LTDA., se había iniciado una investigación antidumping sobre las tuberías soldadas originarias de China.
(Compilado del sitio web oficial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia)
https://www.mincit.gov.co/mincomercioexterior/defensa-comercial/dumping/investigaciones-antidumping-en-curso/tuberia-conduit-2025
https://www.mincit.gov.co/getattachment/57441d76-b349-41cb-a36d-401e93ce97a7/Resolucion-121-del-20-de-mayo-de-2025.aspx



