El 16 de mayo de 2025, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia publicó en la Gaceta Oficial la Resolución N° 114, en la que se adoptó una determinación final negativa sobre la investigación antidumping contra las láminas de vidrio flotado incoloro (en español: vidrio flotado o vidrio incoloro en placas o en hojas) originarias de China. Se decidió dar por terminada la investigación antidumping y no imponer medidas antidumping. Los códigos arancelarios colombianos para los productos en cuestión son 7005.29.10.00 y 7005.29.90.00. La resolución entró en vigor en la fecha de su publicación.
El 21 de junio de 2024, Colombia inició una investigación antidumping contra las láminas de vidrio flotado incoloro originarias de China. El 6 de septiembre de 2024, Colombia adoptó una determinación preliminar en el caso, decidiendo continuar con la investigación antidumping y no imponer derechos antidumping provisionales por el momento.
(Compilado de: sitio web oficial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia)
(Compilado por: Lu Wen)
(Revisado por: Guangxia Zhao)
Texto original: https://www.mincit.gov.co/mincomercioexterior/defensa-comercial/dumping/investigaciones-antidumping-en-curso/vidrio-flotado-o-vidrio-incoloro-placas-o-en-hojas
https://www.mincit.gov.co/getattachment/7917a701-bbcd-4e0b-b633-cd6ed239fe71/Resolucion-114-del-16-de-mayo-de-2025.aspx



