El 24 de abril de 2025, la Secretaría de Comercio Exterior (Ministério do Desenvolvimento, Indústria, Comércio e Serviços/Secretaria de Comércio Exterior) del Ministerio de Desarrollo, Industria, Comercio y Servicios de Brasil emitió la Circular N.º 27 de 2025. En respuesta a la solicitud presentada por la Asociación Brasileña de la Industria del Vidrio Automotriz (ABIVIDRO) el 23 de octubre de 2024, inició una investigación antielusión sobre el vidrio automotriz procedente de China para examinar si los parabrisas (en portugués: para-brisas) originarios de China se estaban exportando a Brasil a través de Malasia para eludir las medidas antidumping vigentes. Los códigos NCM de los productos objeto de investigación son 7007.21.00, 7007.29.00 y 8708.29.99. El período de análisis de la conducta de elusión es de julio de 2023 a junio de 2024, y el período de análisis de los cambios en los flujos comerciales es de julio de 2019 a junio de 2024. La circular entró en vigor en la fecha de su emisión.
Se enviarán cuestionarios a exportadores/productores, importadores y productores nacionales. Las partes interesadas deben presentar sus respuestas a través del sistema electrónico de información SEI en un plazo de 20 días a partir de la recepción del cuestionario.
La información sobre el caso se puede consultar a través de los siguientes medios:
Teléfono: +55 61 2027-7770
Correo electrónico: vidrosautomotivoscv.rev@mdic.gov.br
El 11 de enero de 2016, la Secretaría de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Comercio Exterior y Servicios de Brasil emitió la Circular N.º 1 de 2016, iniciando una investigación antidumping sobre el vidrio automotriz originario de China. El 17 de febrero de 2017, Brasil emitió una determinación final afirmativa en este caso, decidiendo imponer derechos antidumping que van desde 475,15 dólares estadounidenses hasta 2.761,35 dólares estadounidenses por tonelada métrica sobre los productos objeto de investigación procedentes de China.
El 17 de febrero de 2022, la Secretaría de Comercio Exterior de Brasil emitió la Circular N.º 7 de 2022, iniciando la primera investigación de revisión por expiración antidumping sobre el vidrio automotriz originario de China. El 17 de febrero de 2023, el Comité Ejecutivo Administrativo (GECEX) de la Cámara de Comercio Exterior del Ministerio de Economía de Brasil emitió la Resolución N.º 450 de 2023, emitiendo una determinación final afirmativa en este caso y decidiendo seguir imponiendo derechos antidumping por un período de cinco años sobre los productos objeto de investigación procedentes de China, con derechos que van desde 475,15 dólares estadounidenses hasta 2.761,35 dólares estadounidenses por tonelada métrica.
El 25 de mayo de 2023, la Secretaría de Comercio Exterior del Ministerio de Desarrollo, Industria, Comercio y Servicios de Brasil emitió la Circular N.º 18 de 2023, iniciando una investigación antielusión sobre el caso antidumping del vidrio automotriz procedente de China para examinar si existían prácticas comerciales que eludían la efectividad de las medidas antidumping vigentes. El 20 de febrero de 2024, el Comité Ejecutivo Administrativo de la Cámara de Comercio Exterior de Brasil emitió la Resolución N.º 556 de 2024, emitiendo una determinación final afirmativa en este caso antielusión y decidiendo ampliar el ámbito de aplicación de los derechos antidumping vigentes al vidrio procesado mediante curvado, biselado, grabado, damasquinado, vitrificado u otro vidrio procesado utilizado en la fabricación de vidrio de seguridad laminado automotriz.
(Compilado de: sitio web del Diario Oficial de Brasil)
(Compilado por: Guangxia Zhao)
(Revisado por: Lu Wen)
Texto original: https://www.in.gov.br/en/web/dou/-/circular-n-27-de-23-de-abril-de-2025-625497867



